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Plataforma Nacional de Transparencia
A la sociedad en general,
Con motivo de la Declaratoria de entrada en vigor de la autonomía constitucional de la Fiscalía General del Estado de Guanajuato, de fecha 20 de febrero del 20191, así como de lo dispuesto por el artículo 24 fracción VI de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Guanajuato, en relación con el acuerdo emitido en fecha 27 de febrero del presente año, mediante el cual el Instituto de Acceso a la Información Pública para el Estado de Guanajuato, reconoció a esta Fiscalía General como sujeto obligado en términos de la Ley en cita, y su desincorporación del Poder Ejecutivo del Estado, a la Fiscalía General del Estado, como sujeto obligado en el marco de la legislación en materia de transparencia y acceso a la información pública, le corresponde el cumplimiento directo de diversas atribuciones y deberes a fin de atender el derecho humano de referencia en los términos jurídicamente dispuestos.
Bajo tal tesitura, uno de los tópicos de atención es precisamente en el ámbito de obligaciones de transparencia, las cuales por regla general deben actualizarse de manera trimestral –salvo cuestiones específicas que por su naturaleza cuenten con plazo diverso–. Ahora bien, la propia norma establece y reconoce la pertinencia de contar con las bases y condiciones necesarias para operar en consecuencia, estableciendo reglas particulares tratándose de sujetos obligados de reciente creación y/o incorporación al Padrón de Sujetos Obligados.
Al respecto, mediante Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación en fecha 4 de mayo de 2016, el Consejo del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, emitió los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia (LTG)2, mismos que en materia de obligaciones de transparencia, en su numeral Cuarto, fracción III disponen que:
II. Los sujetos obligados de reciente creación y/o incorporación al Padrón de sujetos obligados, contarán con un periodo de seis meses para publicar en la Plataforma Nacional de Transparencia y en su portal e internet la información derivada de las obligaciones de transparencia. Dicho periodo se contará a partir de que el Organismo Garante proporcione al Titular de la Unidad de Transparencia, los elementos de seguridad de la Plataforma Nacional para acceder a los sistemas y llevar a cabo el registro de la información.
En vista de lo anteriormente fundado y motivado, se informa a toda la ciudadanía:
PRIMERO: La Fiscalía General del Estado de Guanajuato como organismo autónomo, se erige como sujeto obligado en materia de transparencia y acceso a la información, razón por la cual, en el rubro que nos ocupa, corresponde publicar información relativa a obligaciones de transparencia acorde a la respectiva Tabla de Aplicabilidad, a la luz de lo dispuesto en el marco jurídico aplicable. Al respecto, y precisamente, al ser una instancia de reciente incorporación como sujeto obligado, actualiza el supuesto establecido en el numeral Cuarto fracción III de los LTG y cuenta con el periodo específico señalado en la norma en cuestión para publicar en la Plataforma Nacional de Transparencia y en su Portal de Internet la información derivada de obligaciones de transparencia.
Publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato número 37 Séptima parte, de fecha 20 de febrero de 2019. 2Lineamientos modificados por Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 28 de diciembre de 2017.
SEGUNDO: Con independencia de lo anterior, cabe apuntar que toda vez que esta Institución transitó de Procuraduría General de Justicia del Estado –otrora integrante de la Administración Pública Estatal– a Fiscalía General del Estado –organismo autónomo– se cuenta con la información derivada del debido acatamiento de obligaciones bajo la anterior naturaleza jurídica, misma que es menester refrendar a disposición de la sociedad en general. En tal sentido, se hace patente que la información correspondiente a la Procuraduría General del Estado, actualizada al día 19 de Febrero de 2019 se encuentra requisitada y disponible en la página de internet de la Unidad de Transparencia y Archivos del Poder Ejecutivo, misma que puede ser consultada en la siguiente liga electrónica: http://transparencia.guanajuato.gob.mx/transparencia/informacion_publica_pordependencia.php?dependencia=31, así como la respectiva tabla de aplicabilidad.
Lo anterior resulta base y marco referencial respecto a la garantía de información en el ámbito de procuración de justicia, y se constituye como antecedente y muestra de la responsabilidad de transparentar el actuar institucional y rendir cuentas a la ciudadanía, en vinculación con el proceso de transición referido y en observancia al principio de legalidad.
TERCERO:Adicionalmente, se informa que bajo el compromiso y convicción en la materia, se encuentra habilitado el rubro de “Transparencia Proactiva” contenido en nuestra Página Web Institucional, en el que se podrá consultar diversa información generada por esta Fiscalía General vinculada al ejercicio de atribuciones, a efecto de promover de forma progresiva, políticas y programas tendientes a garantizar y fortalecer la accesibilidad de la información bajo el principio de máxima publicidad posible; lo anterior a la par de los medios alternos de comunicación, particularmente a través de redes sociales: twitter@FGEGUANAJUATO y facebook/FGEGuanajuato.
A T E N T A M E N T E
UNIDAD DE TRANSPARENCIA DE LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO